Todo sobre el Divorcio y la Separacion
Sitio dedicado exclusivamente a tratar el profundidad todo acerca del Divorcio y la Separacion. Que es el Divorcio. Que es la Separacion. Parejas de hecho. El nuevo "Divorcio Express". Derecho de Visitas. Pension de Alimentos. Pension Compensatoria. Todo lo que necesitas saber antes de solicitar el divorcio o la separacion encuentralo en DivorciosSeparacion.com

DIVORCIO EN ARGENTINA


Efectos Personales y Patrimoniales del Divorcio o Separacion Personal

ALIMENTOS
En materia de alimentos es necesario saber de qué tipo de separación o divorcio se trata.

En el proceso contradictorio o en el fundado en la causal de enfermedad, tanto el declarado inocente como el cónyuge enfermo conservan el derecho alimentarlo pleno. Es decir, tienen derecho a que el otro cónyuge les dé lo suficiente para que puedan mantener el mismo nivel de vida que tenían antes de la separación.


Para la fijación de la cuota la ley dispone que se debe tener en cuenta la situación patrimonial de ambos, sus ingresos, posibilidades de trabajar y quién ejerce la tenencia de los hijos.

En los casos de presentación conjunta y separación/divorcio por separación de hecho sin voluntad de unirse se puede realizar un acuerdo con el fin de dejar a salvo el derecho alimentario en favor de uno de los cónyuges (generalmente, se conviene una cuota alimentaria determinada).

En cualquier caso, y aun cuando haya sido declarado culpable en un proceso contradictorio o no se haya hecho reserva alguna en un proceso de mutuo acuerdo o por simple separación de hecho, un ex cónyuge siempre tiene la posibilidad de solicitar los alimentos llamados "de toda o extrema necesidad". Este se da cuando uno de los cónyuges no tiene medios y además está imposibilitado de conseguirlos. En este caso, el otro cónyuge sólo debe proporcionarle lo indispensable para vivir.

Todo derecho alimentario en favor de uno de los cónyuges se pierde cuando quien los recibe:

- Injuria al otro.

- Vive en concubinato.

- Vuelve a casarse.

DIVISION DE LOS BIENES
Los cónyuges no pueden convenir, antes de divorciarse, cómo van a dividir la sociedad conyugal. Un convenio (llamado acuerdo prenupcial que si es valido en muchos paises) en nuestro pais es nulo . Pero una vez decretada la separación personal / divorcio pueden ponerse de acuerdo sobre la forma en que dividirán los bienes.

También pueden hacerlo al promover un proceso por mutuo consentimiento, y este convenio cobra validez cuando se decreta la separación personal o el divorcio.

Si no existiere acuerdo, el Código Civil prevé que los gananciales se dividirán por mitades y cada uno retirará sus bienes propios.

ATRIBUCION DE LA VIVIENDA FAMILIAR
El principio es que el conjunto de los bienes gananciales se divide. Pero hay dos excepciones muy importantes.

La de más frecuente uso es la siguiente: si los esposos tienen hijos menores de edad, quien queda viviendo con ellos tiene derecho a usar gratuitamente el que fuera sede del hogar conyugal, sea propio, del otro o ganancial.

La segunda excepción, mucho menos usada, ocurre cuando la sede del hogar conyugal continúa siendo ocupada por el esposo inocente o enfermo en el caso en que su división pudiera ocasionarle un grave perjuicio. En tal caso, el juez puede establecer que ese bien pueda no ser vendido y se mantenga ocupado por dicho cónyuge.

Este derecho se mantiene en los mismos casos que el derecho alimentario pleno.

Eso es así porque, en realidad, otorgar la vivienda puede formar parte de la obligación alimentaria, o sea, darle al otro lo que necesita. Consiguientemente, esta facultad de seguir viviendo en el inmueble que fuera sede del hogar conyugal se pierde por las mismas causales en que se pierde el derecho alimentario.

APELLIDO
En la separación personal la mujer puede optar entre quitarse o seguir llevando el apellido de casada, pero en este último caso el marido se puede oponer si esto le resultase injuriante.

Decretado el divorcio vincular, en cambio, la mujer pierde el derecho a mantener el apellido del ex marido.

Pero puede conservar tal uso: cuando los ex cónyuges así lo acordaran o si el juez la autoriza, cuando la mujer es conocida en su ámbito laboral / profesional por el apellido del marido. En este caso podrá usarlo dentro del ámbito mencionado; por lo tanto, en la documentación personal la mujer llevará el apellido de soltera.



Términos y Condiciones Generales | Contacto | ©2007 DivorciosSeparaciones.Com