DIVORCIO EN ARGENTINA
Separacion Personal y Divorcio
La ley otorga dos caminos a los cónyuges que quieren separarse y a su vez dejar sin efecto los deberes que el matrimonio genera.
Estos son la separación personal y el
divorcio.
En este sentido debemos diferenciar la separación personal de la llamada
separación de hecho. Esta última se presenta cuando
dos cónyuges viven en distintas casas, pero sin contar con una resolución judicial que los autorice a dejar de cumplir las obligaciones derivadas del
matrimonio.
El efecto común del
divorcio y la separación personal es que se terminan los deberes matrimoniales. A su vez, también finaliza la sociedad conyugal, es
decir que los bienes gananciales deberán ser divididos entre los esposos.
La diferencia fundamental entre el
divorcio y la separacion personal es que en el
divorcio se produce la ruptura del vínculo que originariamente unía a
los esposos. Esta es la razón por la cual se lo llama
divorcio vincular. A partir de la sentencia dictada por el juez, los ex cónyuges adquieren la
posibilidad de contraer nuevo matrimonio.
En la separación personal, en tanto, se suprimen los deberes, pero no se vuelve a adquirir la aptitud nupcial; además, los cónyuges pueden reconciliarse,
produciéndose de esta manera la continuación del matrimonio con todos sus efectos.
La separación personal fue creada fundamentalmente para aquellos que, en función de sus convicciones religiosas, creen en la indisolubilidad del vinculo.
De todas maneras se otorga a los separados personalmente la posibilidad de pedir juntos al juez la conversión de la sentencia de separación personal en
una de
divorcio vincular una vez pasado el año de dictada la primera. También podría uno solo de ellos realizar la misma solicitud luego de los
tres años.